En la Republica Oriental del Uruguay a partir del 1º de marzo del año 2006 por decreto del poder ejecutivo se prohíbe fumar en todos los espacios públicos cerrados, sean estos estatales o privados. Según mandato el decreto Nº 268/005 “todo local cerrado de uso publico y toda área laboral, ya sea en la orbita publica o privada destinada a la permanencia en común de personas, deberán ser ambientes 100% libres de humo de tabaco “ El creador de este BLOG reconoce los perjuicios a la salud que puede llegar a ocasionar el fumar o el exponerse al humo del tabaco. No es mi intención fomentar el consumo de tabaco para que haya más fumadores, para que se fume mas, ni tampoco que se permita fumar en cualquier lugar. Pretendo si se controle y no se permita el consumo de tabaco en menores de 18 años y se eduque a la población sobre los males del mismo. No se permita fumar en lugares de trabajo que tengan contacto con no fumadores, se prohíba también en oficinas publicas y lugares privados de uso publico. También pretendo, y no es menos importante que lo anterior, por que es parte de la tolerancia y la convivencia en democracia se habilite lugares de ámbito social para fumadores, llámese “club de fumadores” o “tabaco-bar”. Se permita salir del lugar de trabajo dos veces por lo menos a fumar o se cree un ambiente exclusivo para fumadores. Fumar le esta permitido solo a los adultos, es legal y esta reglamentado por lo tanto el adulto es consiente y capaz de discernir el mal que puede provocar el tabaco. El estado debe educar, prevenir y legislar para todos sus ciudadanos, no discriminando fumadores o no fumadores.

martes, 30 de enero de 2007

PARA HOMBRES QUE GUSTAN DE UN BUEN CIGARRO Y UNA BUENA MUJER

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